Contrato verbal: cuándo es válido, cómo probarlo y qué hacer si no se cumple
- Asesoría Amela

- 29 dic 2025
- 4 Min. de lectura
Un contrato verbal es legal y plenamente válido en España en la mayoría de los casos, siempre que exista consentimiento, objeto y causa. El principal problema no es su validez, sino cómo probarlo cuando una de las partes incumple. Si puedes aportar pruebas suficientes (mensajes, pagos, testigos), es posible reclamar judicialmente su cumplimiento o una indemnización.
Introducción
Muchos acuerdos se cierran “de palabra”: trabajos, servicios profesionales, colaboraciones, reformas, préstamos entre particulares o encargos urgentes. El problema aparece cuando una de las partes no cumple lo pactado y surge la duda: ¿tengo derechos si no hay nada firmado?
La respuesta es clara: sí. El contrato verbal existe, es legal y puede exigirse. Ahora bien, demostrar su contenido requiere una estrategia adecuada y pruebas bien seleccionadas.
En Asesoría Amela Abogados, desde Terrassa, atendemos con frecuencia conflictos derivados de contratos verbales incumplidos. En esta guía te explicamos cuándo son válidos, cómo probarlos y qué opciones legales tienes si la otra parte no cumple.
¿Es válido un contrato verbal en España?
Sí. El Código Civil establece que los contratos son obligatorios independientemente de la forma en que se celebren, siempre que concurran tres elementos:
Consentimiento de las partes.
Objeto cierto del contrato.
Causa (el motivo del acuerdo).
Esto significa que no es obligatorio firmar un contrato por escrito para que exista una relación contractual válida, salvo en casos concretos que la ley exige forma escrita.
Cuándo un contrato verbal NO es válido
Hay situaciones en las que la ley exige forma escrita. En estos casos, un contrato verbal no será exigible:
Compraventa de bienes inmuebles.
Hipotecas.
Donaciones de bienes inmuebles.
Algunos contratos mercantiles específicos.
Determinados contratos laborales (en casos concretos).
En el resto de supuestos (servicios, trabajos, encargos, préstamos entre particulares, etc.), el contrato verbal es perfectamente válido.
Si tienes dudas sobre si tu caso exige contrato escrito, puedes consultarlo con un abogado civil haciendo clic aquí.
Problema principal del contrato verbal: cómo probarlo
El gran reto no es la legalidad, sino la prueba. Cuando no hay documento firmado, la carga de la prueba recae en quien reclama. Por eso es clave saber qué pruebas sirven y cómo utilizarlas.
Qué pruebas sirven para demostrar un contrato verbal
1. Mensajes escritos
WhatsApp
Emails
SMS
Mensajes en redes sociales
Especialmente útiles si reflejan:
El precio
El trabajo o servicio
La aceptación del acuerdo
2. Pagos o transferencias
Transferencias bancarias
Bizum
Recibos
Facturas parciales
Los conceptos de pago son fundamentales.
3. Testigos
Personas que:
Estuvieron presentes en el acuerdo.
Conocen el encargo o la relación contractual.
4. Actos concluyentes
Conductas que demuestran que el contrato existía:
Inicio del trabajo.
Entrega de material.
Prestación del servicio.
Tabla práctica de pruebas
Tipo de prueba | Valor probatorio |
Mensajes escritos | Alto |
Pagos bancarios | Muy alto |
Testigos | Medio |
Actos concluyentes | Medio |
Presunciones | Complementario |
Qué hacer si la otra parte no cumple el contrato verbal
1. Reúne todas las pruebas
Antes de reclamar, recopila absolutamente todo.
2. Reclamación extrajudicial
Enviar un requerimiento formal puede desbloquear muchos conflictos sin juicio.
3. Intento de negociación
En ocasiones, mostrar que tienes pruebas suficientes lleva al cumplimiento.
4. Demanda judicial
Si no hay acuerdo, puedes reclamar:
El cumplimiento del contrato.
La resolución del contrato.
Una indemnización por daños y perjuicios.
Si necesitas ayuda para valorar la viabilidad de tu reclamación, puedes solicitar asesoramiento legal haciendo clic aquí.
Plazos para reclamar un contrato verbal
Tabla de plazos orientativos
Tipo de acción | Plazo |
Reclamación contractual civil | 5 años |
Reclamación de cantidad | 5 años |
Daños y perjuicios | 5 años |
El plazo empieza a contar desde el incumplimiento, no desde el acuerdo verbal.
Errores frecuentes en contratos verbales
No guardar conversaciones.
Aceptar pagos en efectivo sin justificante.
No concretar precio ni condiciones.
Confiar únicamente en la palabra sin respaldo probatorio.
Esperar demasiado tiempo para reclamar.
Consejos de experto
Siempre que sea posible, confirma el acuerdo por escrito, aunque sea por WhatsApp.
Detalla precio, plazos y alcance del servicio.
Guarda comprobantes de pago.
Si el conflicto surge, no discutas sin asesoramiento previo.
Un buen planteamiento probatorio marca la diferencia en juicio.
Puedes contar con el apoyo de nuestros abogados civilistas accediendo a la página del servicio aquí.
Casos reales o supuestos prácticos
Caso 1: Reforma pactada verbalmente
El cliente pagó parte del trabajo por transferencia.
Resultado: el juez reconoció el contrato y condenó al pago pendiente.
Caso 2: Servicio profesional sin contrato firmado
Existían emails con tarifas y encargos.
Resultado: cumplimiento forzoso del contrato.
Caso 3: Préstamo entre particulares
Transferencias periódicas sin contrato escrito.
Resultado: devolución íntegra del importe.
Checklist práctico
¿Existe acuerdo claro entre las partes?
¿Puedes demostrar el precio pactado?
¿Tienes mensajes o emails?
¿Existen pagos acreditables?
¿Hay testigos?
¿El contrato exige forma escrita por ley?
¿Estás dentro del plazo para reclamar?
Preguntas frecuentes (FAQ)
1. ¿Un contrato verbal tiene la misma validez que uno escrito?
Sí, salvo en los casos en que la ley exige forma escrita.
2. ¿Puedo reclamar sin ningún documento firmado?
Sí, si puedes aportar otras pruebas.
3. ¿Sirven los WhatsApp como prueba?
Sí, tienen pleno valor probatorio.
4. ¿Qué pasa si la otra parte niega el acuerdo?
El juez valorará las pruebas aportadas.
5. ¿Es obligatorio ir a juicio?
No siempre; muchos casos se resuelven antes.
6. ¿Cuánto puedo reclamar?
El cumplimiento del contrato o una indemnización.
7. ¿Necesito abogado?
No es obligatorio, pero es altamente recomendable.
Si has cerrado un acuerdo de palabra y la otra parte no cumple, no estás indefenso. Un contrato verbal bien probado puede reclamarse con éxito. En Asesoría Amela Abogados, en Terrassa, analizamos tu caso, valoramos las pruebas y te ayudamos a reclamar lo que te corresponde.
Fuentes y referencias
Código Civil, artículos 1254 y siguientes
Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre contratos verbales
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