Cómo solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE en Terrassa: requisitos, plazos y documentación
- Asesoría Amela

- 23 dic 2025
- 5 Min. de lectura
Para obtener la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE en Terrassa, debes acreditar parentesco con un ciudadano comunitario, demostrar convivencia o dependencia económica, aportar documentación completa y presentar la solicitud ante Extranjería. El trámite incluye pago de tasas, aportación de pruebas y posterior toma de huellas. La aprobación concede un permiso de residencia de cinco años.
Introducción
La tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea es uno de los permisos más solicitados en Terrassa, especialmente por parejas, cónyuges, hijos, ascendientes y familiares que dependen de un ciudadano comunitario. Aunque parece un trámite sencillo, la realidad es que muchas solicitudes se deniegan por falta de documentación, errores en el formulario o por no acreditar correctamente la dependencia o convivencia.
En Asesoría Amela Abogados, desde Terrassa, acompañamos a diario a personas y familias que necesitan obtener su tarjeta comunitaria para vivir, trabajar y residir legalmente en España. Esta guía explica, de forma clara y completa, todo lo que necesitas saber para solicitarla con éxito.
Qué es la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
Es un permiso de residencia de cinco años para familiares de ciudadanos de:
España
Países de la Unión Europea
Islandia
Liechtenstein
Noruega
Suiza
Este permiso te permite:
Vivir en España
Trabajar por cuenta ajena o propia
Entrar y salir del país libremente
La tarjeta se gestiona en Terrassa ante la Oficina de Extranjería correspondiente y, una vez aprobada, se tramita la toma de huellas en la Policía Nacional.
Quién puede solicitar la tarjeta comunitaria en Terrassa
Pueden solicitarla los siguientes familiares de un ciudadano de la UE que resida en Terrassa:
1. Cónyuge
Matrimonio válido y acreditado.
2. Pareja registrada
Inscrita en un registro oficial (incluye parejas de hecho).
3. Pareja estable no registrada
Solo en casos de relación probada y estable con pruebas suficientes.
4. Hijos del ciudadano de la UE o de su pareja
Menores de 21 años o dependientes.
5. Ascendientes (padres o suegros)
Siempre que exista dependencia económica real.
6. Otros familiares excepcionales
Tíos, hermanos, sobrinos… solo si existe dependencia o convivencia continuada y demostrable.
Requisitos para solicitar la tarjeta familiar UE en Terrassa
Para que la solicitud sea admitida, deben cumplirse estos requisitos:
1. Acreditar el vínculo familiar
Mediante certificado de matrimonio, nacimiento, registro de pareja o prueba documental.
2. Demostrar convivencia o dependencia
Convivencia mediante padrón conjunto.
Dependencia con justificantes de envíos de dinero, gastos compartidos, manutención, etc.
3. Acreditar seguro médico
Si el ciudadano comunitario no trabaja, debes aportar seguro privado equivalente al sistema público.
4. Acreditar medios económicos suficientes
Mediante contrato laboral, nóminas, certificado de ingresos o medios propios.
5. Estar empadronados en Terrassa
Es requisito para presentar la solicitud en la oficina correspondiente.
Si tienes dudas sobre cualquiera de estos requisitos, puedes recibir orientación profesional haciendo clic aquí.
Documentación necesaria (tablas prácticas)
Tabla 1. Documentación obligatoria
Documento | Explicación |
Pasaporte en vigor | Identificación del familiar que solicita |
DNI o NIE del ciudadano de la UE | Acredita residencia en España |
Certificado de empadronamiento conjunto | Demuestra convivencia en Terrassa |
Certificado de matrimonio o nacimiento | Acredita vínculo familiar |
Documentos que prueben dependencia económica | Transferencias, pagos, recibos |
Seguro médico | Obligatorio si no trabaja |
Contrato o medios económicos | Prueba de solvencia |
Formulario EX–19 | Solicitud oficial |
Justificante de tasas | Modelo 790 |
Tabla 2. Documentación adicional según el caso
Situación | Documentos necesarios |
Parejas no registradas | Pruebas de relación estable: fotos, viajes, cuentas compartidas |
Ascendientes dependientes | Envíos de dinero continuados |
Menores | Autorización de progenitores, libro de familia |
Ciudadano UE no trabajador | Seguro médico + medios económicos |
Cómo es el proceso para solicitar la tarjeta de familiar UE en Terrassa
1. Preparación de documentación
Reúne todos los documentos originales y copias.
2. Presentación de la solicitud
Debe hacerse en la Oficina de Extranjería correspondiente. Es fundamental presentar la documentación bien organizada para evitar requerimientos. Puedes recibir asistencia profesional para preparar la solicitud haciendo clic aquí.
3. Pago de tasas
Las tasas se pagan mediante el formulario 790.
4. Resolución
El plazo suele ser entre 1 y 3 meses.
5. Toma de huellas en la Policía Nacional
Una vez aprobada, deberás pedir cita en Terrassa para la expedición de la tarjeta física.
6. Recogida de la tarjeta
Generalmente unos 30 días después de la toma de huellas.

Motivos frecuentes de denegación en Terrassa
No acreditar convivencia real.
Falta de pruebas de dependencia económica.
Seguro médico insuficiente.
Ingresos insuficientes del ciudadano de la UE.
Entregar documentación incompleta o mal legalizada.
Vínculo familiar no reconocido o dudoso.
Parejas no registradas sin pruebas sólidas.
Si has recibido una denegación, podemos ayudarte a presentar un recurso o nueva solicitud reforzada haciendo clic aquí.
Consejos prácticos para evitar errores
Presenta pruebas de convivencia de varios meses, no solo recientes.
Si no vivís juntos, demuestra dependencia económica sólida.
Los documentos extranjeros deben estar legalizados y traducidos.
No presentes la solicitud sin revisar que la documentación está completa.
Los contratos temporales o ingresos irregulares requieren documentación complementaria.
Solicita ayuda profesional si no sabes cómo justificar la dependencia o la relación.
Casos reales o supuestos prácticos
Caso 1: Pareja no registrada con convivencia acreditada
Aportaron padrón conjunto, fotos, viajes, testimonios y cuentas compartidas.
Resultado: tarjeta concedida.
Caso 2: Ascendiente dependiente con envíos insuficientes
Los envíos no eran regulares ni suficientes.
Resultado: denegación por falta de dependencia.
Caso 3: Ciudadano UE sin trabajo pero con seguro y ahorros
Acreditaron medios económicos suficientes.
Resultado: tarjeta concedida.
Checklist práctico
¿Tienes el pasaporte vigente?
¿Está el ciudadano de la UE inscrito en España?
¿Tenéis padrón conjunto en Terrassa?
¿La relación está acreditada correctamente?
¿Aportas pruebas de dependencia si es necesario?
¿Has completado el formulario EX–19?
¿Has abonado las tasas?
¿Has preparado toda la documentación traducida y legalizada?
¿Sabes qué hacer si requieren más documentos?

Preguntas frecuentes (FAQ)
1. ¿Cuánto dura la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE?
Normalmente cinco años.
2. ¿Puedo trabajar con esta tarjeta?
Sí, permite trabajar por cuenta ajena o propia.
3. ¿Es obligatorio vivir con el ciudadano de la UE?
Depende del vínculo; para parejas y cónyuges, lo habitual es vivir juntos.
4. ¿Qué ingresos mínimos son necesarios?
Depende del caso, pero deben demostrar solvencia suficiente.
5. ¿Cuánto tarda la resolución en Terrassa?
Entre 1 y 3 meses.
6. ¿Qué hago si me deniegan la tarjeta?
Puedes presentar recurso o una nueva solicitud bien documentada.
7. ¿Puedo presentar la solicitud si mis documentos están en otro idioma?
Sí, pero deben estar traducidos y legalizados.
8. ¿Qué pasa si el ciudadano de la UE no trabaja?
Debe aportar seguro médico y demostrar medios económicos.
9. ¿Puedo solicitar la tarjeta si no estoy empadronado en Terrassa?
Debes empadronarte primero para tramitarla en esta oficina.
10. ¿Necesito abogado?
No es obligatorio, pero aumenta significativamente las posibilidades de éxito.
Si necesitas solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE en Terrassa, no arriesgues tu trámite por falta de documentos o requisitos mal acreditados. En Asesoría Amela Abogados te acompañamos desde el primer paso hasta la obtención de tu tarjeta.
Av. de Béjar, 45, 08225 Terrassa (Barcelona)Teléfono / WhatsApp: 610 433 259
Fuentes y referencias jurídicas
Directiva 2004/38/CE
Reglamento de Extranjería
Instrucciones de la Secretaría de Estado de Migraciones
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