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Multa por conducir sin ITV: cuánto cuesta, qué dice la ley y cómo recurrirla correctamente

  • Foto del escritor: Asesoría Amela
    Asesoría Amela
  • 16 dic 2025
  • 5 Min. de lectura

Recibir una multa por conducir sin ITV es una de las sanciones más frecuentes en España. La ITV caducada supone una multa de 200 euros, mientras que circular con ITV desfavorable asciende a 200 euros y con ITV negativa puede llegar a 500 euros e inmovilización del vehículo. La sanción puede recurrirse si hay errores en el expediente, defectos en la notificación o si el vehículo no estaba circulando.


Introducción


La ITV es una obligación legal que acredita que un vehículo reúne las condiciones mínimas de seguridad. Sin embargo, miles de conductores reciben cada año una multa por conducir sin ITV debido a despistes, retrasos o desconocimiento de las fechas de caducidad.


En Asesoría Amela Abogados, desde Terrassa, atendemos con frecuencia a conductores que buscan alternativas para recurrir la sanción, comprobar si es correcta o evitar consecuencias mayores como la inmovilización de su vehículo. En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber: cuál es la multa exacta, qué diferencia hay entre ITV caducada, desfavorable o negativa, cuándo te pueden detener y qué opciones reales tienes para recurrir la sanción.


Multa por conducir sin ITV

Qué se considera conducir sin ITV: diferencias clave


No todas las situaciones son iguales. La ley distingue varios supuestos, cada uno con sanciones distintas.


1. ITV caducada

La más común.

  • Sanción: 200 euros.

  • No conlleva pérdida de puntos.

  • Puede reducirse por pronto pago.


2. ITV desfavorable

El vehículo presenta defectos graves, pero se permite circular solo para ir al taller.

  • Sanción por circular para otros fines: 200 euros.

  • Puede suponer responsabilidad en caso de accidente.


3. ITV negativa

El vehículo no puede circular de ninguna manera.

  • Sanción: 500 euros.

  • Inmovilización inmediata del vehículo.


4. Circular sin llevar pegatina ITV visible

No afecta a la validez de la inspección, pero también puede sancionarse.

  • Sanción: 80 euros.


Cuándo puede multarte la DGT o la policía


Puedes recibir una sanción en estas situaciones:


  • Durante un control de tráfico.

  • Por cámaras de tráfico que detectan la fecha de ITV.

  • Por denuncia de un agente si el vehículo está estacionado sin ITV.

  • Si tu vehículo consta en el registro como con ITV caducada.

  • Si circulas con ITV desfavorable sin dirigirte al taller.


En algunos casos se multa aunque no estés circulando, siempre que el vehículo esté estacionado en la vía pública.


Cuánto cuesta realmente la multa por conducir sin ITV


Tabla de sanciones actualizadas

Situación

Importe de la multa

Pérdida de puntos

Inmovilización

ITV caducada

200 €

No

No

ITV desfavorable (uso indebido)

200 €

No

Posible

ITV negativa

500 €

No

Sí, inmediata

Sin pegatina ITV

80 €

No

No

¿Hay reducción por pronto pago?

Sí. Como en la mayoría de sanciones administrativas, puedes reducir el importe un 50 % si pagas dentro del plazo voluntario.


Cuándo es posible recurrir una multa por ITV caducada


No todas las multas son correctas. Puedes recurrir cuando exista:


1. Error en la matrícula o identificación del vehículo

Un número incorrecto puede invalidar toda la denuncia.


2. Vehículo no circulando

Si estaba estacionado en parking privado o garaje, la sanción es discutible.


3. Falta de prueba del agente

Debe justificarse la infracción, especialmente si no ha habido detención.


4. Error en la fecha del registro ITV

A veces la base de datos no se actualiza correctamente.


5. Notificación fuera de plazo o defectuosa

Si no se notifica correctamente, puedes alegarlo.


6. ITV pasada antes de recibir la notificación

En algunos casos puede servir para solicitar archivo o reducción del daño.

Si quieres que revisemos tu expediente y valoremos si puedes recurrir, puedes contactar con un abogado especializado haciendo clic aquí.


Multa por conducir sin ITV

Cómo recurrir una multa por conducir sin ITV: guía paso a paso


1. Revisa detenidamente la denuncia

Comprueba matrícula, modelo, fecha, hora, lugar y motivo exacto.


2. Verifica la fecha de caducidad real de tu ITV

A veces el sistema de la DGT no refleja la última inspección.


3. Reúne pruebas

  • Fotografías del vehículo

  • Informes de ITV

  • Facturas de taller (para desfavorable)

  • Documentación que pruebe que no circulabas


4. Presenta alegaciones en plazo

Normalmente dispones de 20 días naturales desde la notificación.


5. Presenta recurso de reposición o acude a la vía contenciosa

Si la administración mantiene la sanción.


6. Solicita asesoramiento legal

Una defensa bien argumentada aumenta significativamente las posibilidades de éxito.


Inmovilización del vehículo: cuándo ocurre y qué implica


La inmovilización se aplica:

  • Cuando el vehículo tiene ITV negativa.

  • Cuando la policía considera que el vehículo es inseguro.

  • Cuando hay riesgo grave para la circulación.


El vehículo solo puede retirarse con grúa autorizada y trasladarse a un taller o estación ITV.


Errores frecuentes al intentar recurrir


  1. Alegar que “solo fue un despiste”. No tiene fuerza jurídica.

  2. Presentar el recurso sin pruebas.

  3. No respetar los plazos.

  4. No revisar si la notificación es defectuosa.

  5. Pagar con pronto pago sin entender que pierdes derecho a recurrir.


Consejos de experto para aumentar las posibilidades de éxito


  • Comprueba todos los datos de la denuncia.

  • Guarda siempre tu ficha técnica y justificantes de ITV.

  • Si estabas en un parking privado, documenta la ubicación.

  • Si la ITV era desfavorable, conserva la factura del taller.

  • Consulta a un abogado antes de presentar alegaciones.


En Asesoría Amela Abogados podemos ayudarte a valorar tu caso y representarte si decides recurrir.


Casos reales o supuestos prácticos


Caso 1: Multa por ITV caducada estacionado en la calle

El vehículo estaba aparcado en la vía pública. La denuncia fue válida.


Caso 2: Multa mientras el coche estaba en un garaje privado

El expediente se archivó por falta de prueba de circulación o exposición en vía pública.


Caso 3: ITV desfavorable camino del trabajo

Se demostró que el conductor no se dirigía al taller.

Resultado: sanción mantenida.


Checklist práctico


  • Revisa cuándo caduca tu ITV.

  • Comprueba todos los datos de la multa.

  • Reúne pruebas de que no circulabas (si es el caso).

  • Guarda documentación del taller o ITV.

  • Presenta alegaciones dentro del plazo.

  • No pagues con pronto pago si quieres recurrir.

  • Consulta con un abogado de tráfico.


Multa por conducir sin ITV

Preguntas frecuentes (FAQ)


1. ¿Cuánto es la multa por conducir sin ITV?

200 euros por ITV caducada o desfavorable y 500 euros por ITV negativa.


2. ¿Pierdo puntos por conducir sin ITV?

No, ninguna de estas sanciones implica puntos.


3. ¿Pueden multarme si el coche está aparcado?

Sí, si está en vía pública sin ITV en vigor.


4. ¿Qué pasa si me paran con ITV negativa?

Inmovilización inmediata y multa de 500 euros.


5. ¿Puedo pasar la ITV después para evitar la sanción?

Sirve como atenuante en algunos casos, pero no siempre evita la multa.


6. ¿Puedo recurrir una multa de ITV notificada por cámara?

Sí, si existen errores en los datos o en la identificación del vehículo.


7. ¿Qué plazo tengo para recurrir?

20 días naturales desde la notificación.


8. ¿Qué pasa si pago con pronto pago?

Aceptas la sanción y pierdes el derecho a recurrir.


9. ¿Debo identificar al conductor?

No, las multas por ITV van dirigidas al titular del vehículo.


10. ¿Un abogado puede aumentar mis posibilidades de éxito?

Sí, especialmente si la sanción contiene errores formales o falta de pruebas.


Si has recibido una multa por conducir sin ITV, no des nada por perdido. Muchas sanciones contienen errores o pueden recurrirse si se presentan alegaciones bien fundamentadas.


En Asesoría Amela Abogados, en Terrassa, revisamos tu expediente, preparamos las alegaciones y te representamos en todo el procedimiento.


Av. de Béjar, 45, 08225 Terrassa (Barcelona)Teléfono / WhatsApp: 610 433 259


Fuentes y referencias


  • Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

  • Reglamento de ITV

  • Instrucciones de la DGT sobre inmovilizaciones



 
 
 
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